La devolución de los aportes de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a los asegurados que cumplan con los requisitos se iniciará en 15 días, es decir, el próximo 5 de octubre, según establece el Decreto Supremo 4582 aprobado el miércoles por el gabinete de ministros del presidente Luis Arce.
La norma reglamenta la Ley para la Devolución Parcial o Total de Aportes de las y los Asegurados del Sistema Integral de Pensiones que tienen un Saldo Acumulado en sus Cuentas Personales Previsionales.
El artículo 9 de la norma señala en su parágrafo I: “El pago por la devolución parcial o total de aportes iniciará a los quince (15) días hábiles siguientes de la publicación del presente Decreto Supremo, conforme a regulación y cronograma a ser emitida por la Autoridad de Fiscalización en Pensiones y Seguros ( APS)”.
Devolución de aportes a las AFP tendrá vigencia de 90 días y el trámite será personal La directora de Pensiones del Ministerio de Economía, Patricia Mirabal, informó este viernes que la devolución de aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tendrá una vigencia de 90 días, a partir del 5 de octubre de 2021, y la realización del trámite será personal.A partir del 5 de octubre vas a tener 90 días para hacer uso de esta disposición legal, al día 91 ya perderías el derecho
Patricia Mirabal , directora de Pensiones del Ministerio de Economía
Reposición
El decreto aprobado ayer estipula que el asegurado que acceda a la devolución parcial o total de aportes podrá reponer en cualquier momento los recursos cobrados más los rendimientos que a la fecha de reposición se hubieran generado, previo a la presentación de la solicitud para el acceso a una Prestación o Beneficio del Sistema Integral de Pensiones (SIP), es decir la jubilación.
La norma advierte que los asegurados que no realicen la reposición señalada accederá a la Prestación o Beneficio del SIP que les corresponda, previo cumplimiento de requisitos establecidos en normativa vigente, excepto a la Prestación Solidaria de Vejez.